PODEMOS REGULARIZAR TU VIVIENDA EN SUELO RÚSTICO

Lo haremos tramitando un A.F.O. (Asimilado a Fuera de Ordenación), se trata de una declaración expedida por el ayuntamiento de tu localidad tras la cual puedes acceder a los servicios municipales y escriturar lo que hasta ahora en tus escrituras es una casa de aperos, cortijo o nave.

A.F.O. ( situación de asimilado a fuera de ordenación)

La situación de asimilado a fuera de ordenación (A.F.O.), determina el régimen aplicable a una edificación terminada que ha sido construida sin las correspondientes licencias urbanísticas, o contraviniendo sus condiciones, y sobre la que no es posible adoptar medidas de protección de la legalidad urbanística ni de restablecimiento del orden jurídico perturbado, es decir, no se puede sancionar o demoler.

QUÉ VENTAJAS TIENE LA OBTENCIÓN DE LA DECLARACIÓN DE A.F.O. (REGULARIZACIÓN DE LA VIVIENDA)

Reconocimiento de la situación

El reconocimiento de la situación de AFO requiere de la tramitación de un procedimiento administrativo municipal, una vez se resuelva el procedimiento las edificaciones podrán tener acceso a los servicios básicos de saneamiento, abastecimiento de agua y suministro eléctrico si ya existieran las correspondientes redes de infraestructuras o resolver dichos servicios de forma autónoma.

Facilitará su venta y aumentará su valor

La vivienda aumentará de valor porque lo que hasta ahora no era más que unas escrituras de una construcción antigua, con otro uso diferente, ahora será unan escrituras sobre una vivienda que se registrará y posibilitará que pueda ser hipotecada, lo que facilitará su venta.

Obras de conservación

Se podrán realizar las obras de conservación necesarias para el mantenimiento de las condiciones de seguridad y salubridad que garanticen su habitabilidad o uso.

Registro de la Propiedad

Al reconocer el Ayuntamiento su vivienda y autorizar su uso también tendrá la posibilidad de inscribirla en el Registro de la Propiedad.

Heredable

Podrá transmitir en herencia una vivienda Regularizada, Escriturada y Registrada.

¿QUÉ DEBE CUMPLIR SU VIVIENDA PARA PODER REGULARIZARLA?

  • Sin expediente urbanístico sancionador

    No debe haberse iniciado expediente urbanístico sancionador disciplinario contra la construcción y tener más de 6 años de antigüedad.

  • Suelos sin riesgos

    No puede estar construida sobre suelos con riesgos ciertos de erosión, desprendimientos, corrimientos, inundaciones u otros riesgos naturales.

  • Necesarias condiciones de seguridad

    La vivienda deber reunir las necesarias condiciones de seguridad estructural sin que se pueda encontrar afectada por lesiones que pongan en peligro a sus ocupantes o a terceras personas, esto lo determinaremos nosotros en la visita que realicemos a su vivienda.

  • Estanqueidad y aislamiento

    Cumplir con las condiciones de estanqueidad y aislamiento necesarias para evitar la presencia de agua y humedades que puedan afectar a la salud de las personas, igualmente será evaluado en nuestra visita.

  • Agua y electricidad

    Debe disponer de un sistema de abastecimiento de agua y de electricidad que posibilite las dotaciones mínimas exigibles en función del uso al que se destina. Cuando el sistema de abastecimiento de agua sea realizado mediante pozos, aljibes, balsas u otros medios autorizados, deberá disponer de un análisis del agua que acredite su uso para consumo humano.

  • Evacuación de aguas residuales

    La vivienda debe disponer de un sistema de evacuación de aguas residuales que se encuentre en buen estado de funcionamiento, así como con un sistema de depuración que cuente con las garantías técnicas necesarias para evitar la contaminación del terreno. Cuando el sistema de saneamiento sea autosuficiente (fosa séptica), deberá estar homologado y contar con los correspondientes contratos de mantenimiento.

  • No pueden estar en sótano

    Las estancias habitables (salón, cocina, dormitorios) no pueden estar en planta sótano.

  • Iluminación natural

    Todas las estancias habitables (salón, cocina, dormitorios) deben disponer de iluminación y ventilación natural.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TIENE QUE APORTARNOS?

  • TASA municipal

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    En primer lugar, lo que nos piden es abonar la TASA municipal, antes habremos revisado su documentación, le diremos que documentación debe solicitar y le informaremos si es posible REGULARIZAR la vivienda, en ese caso le pediremos que abone la TASA municipal.

  • Titularidad del inmueble

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    Nos tiene que aportar toda la Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble, Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad, es probable que no la tenga, por eso hacemos todo este procedimiento, no se preocupe, facilítenos la copia del título de propiedad de la parcela en la que se ubica la edificación o, documento acreditativo de los derechos adquiridos sobre la misma.

  • Recibos

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    Recibos de los que disponga, luz, agua, saneamiento, IBI, facturas, lo necesitamos para justificar la antigüedad de su vivienda, cualquier documento que acredite el tiempo de la construcción nos puede valer.

  • Certificado de que la fosa séptica

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    Certificado de que la fosa séptica, si es que dispone de ella, es de vertido cero (no vierte residuos al terreno) y tiene un mantenimiento periódico (contrato de limpieza y mantenimiento).

  • Análisis favorable del agua

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    Si no tiene agua potable y dispone de agua de pozo debe tener y aportarnos un análisis favorable del agua que acredite su uso para consumo humano.

La entrada en vigor del Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía se convierte en una oportunidad para que todos los propietarios que tienen VIVIENDAS EN SUELO RURAL PUEDAN REGULARIZARLAS.

Este decreto también autoriza a los Ayuntamientos a ejecutar obras de urbanización de bajo impacto en zonas rurales con lo que en un futuro las viviendas que no los tengan podrán tener acceso a los servicios básicos de luz, agua, saneamiento y telefonía, para ello tendrá que estar declarada la vivienda como A.F.O.